24/1/2014
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ( INAES) emitió un comunicado de prensa acerca de las reacciones provocadas por la resolución de INAES 4664/2013 que permite a las cooperativas de trabajo optar en asamblea por continuar cotizando en el régimen de trabajadores autónomos, o bien dentro del régimen de trabajadores en relación de dependencia.
A continuación, el comunicado completo:
En los ámbitos profesionales serios, la publicación de esta Resolución de Diciembre de 2013, en el BOE del 9 de Enero del corriente, no causó mayores comentarios, teniendo en cuenta que la novedad es el establecimiento de una modalidad optativa, a elección y por decisión de los propios asociados de las cooperativas comprendidas, para que los mismos puedan elegir el sistema de aportes a la Seguridad Social que desean utilizar.-
La normativa está profusamente fundada en sus "Considerandos", a partir de Resoluciones de la OIT, y de propuestas explícitas de los últimos Congresos de Economía Solidaria, así también como de un Proyecto de Ley de Cooperativismo de Trabajo, de la CNCT, que es la organización Confederal más ampliamente representativa del sector.-
Como comentamos, una normativa que establece una "opción" de libre elección para los obligados, normalmente no provoca ninguna reacción, y los comprendidos en ella resuelven tranquilamente seguir como están, o aprovechar la nueva opción que se les ofrece.-
Pero en este caso se ha producido una inusitada reacción mediática por parte alguno de los sectores profesionales patronales, y también algún sector gremial cooperativo que ingenua o interesadamente ha caído en la trampa.-
No todos cuestionan lo mismo.- Hay quienes hacen observaciones "doctrinarias", acerca de una posible alteración del concepto de Acto Cooperativo, observación que nos parece errónea, y que, dado su tecnicismo, podrá ser discutido en los ámbitos académicos, doctrinarios, gremiales y periodísticos especializados, y en los que desde ya nos mostramos dispuestos participar, junto al Movimiento Cooperativo de Trabajo.-
Pero en otras comunicaciones hay un componente que sorprende, y es una irresponsable "preocupación" por una supuesta escalada "contra" los cooperativistas de trabajo.-
Se "denuncia" un cambio en el paradigma del Estado Nacional y del Proyecto Nacional y Popular con una ligereza rayana en la estulticia: efectivamente lo único que hace esta normativa es agregar al sistema hoy vigente desde el 7 de Abril de 1992, (Autónomos como única fórmula de cotización al Régimen de Seguridad Social para la Cooperativa) una posibilidad más (trabajadores en relación de dependencia), a exclusiva elección por parte de los propios trabajadores asociados, en Asamblea.-
O sea que si hasta ahora, los trabajadores cooperativistas sólo podían cotizar como autónomos, desde ahora pueden hacerlo como autónomos o también como trabajadores en relación de dependencia, ejerciendo ellos mismos el derecho de optar libremente por una u otra fórmula, en Asamblea de Asociados.-
Esto en cualquier caso se llama ampliación de derechos, y de ninguna manera es una restricción o ataque, y mucho menos "cambio de paradigma".- No cabe otra manera de realizar una interpretación honesta que leyendo la simple literalidad de la norma.-
Lo que se está publicando en algunos medios más parece una interpretación torcida y deliberadamente malintencionada, o en el mejor de los casos, puede que con los calores del verano, la influencia de las vacaciones académicas y la Feria de judicatura y profesionales del derecho, se le escapó a los expertos de los "equipos técnicos" alguna pícara tortuga incontrolada.....
Esta Resolución es simplemente un primer producto, como resultado de la colaboración intergubernamental, del trabajo conjunto de más de un año con la Dra. Ofelia Cédola, Secretaria de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, quien a mas abundamiento, me aporta en este momento un dato determinante: "el criterio de aportar como autónomos es hijo del neoliberalismo (los 90) Antes del 92 TODAS las cooperativas de trabajo tenían la obligación de aportar como trabajadores en relación de dependencia Ley 18037 "
Esta Resolución va en el sentido de ampliar derechos de los trabajadores y combatir todas las formas de explotación y discriminación laboral, y anunciamos desde ya, que no nos quedaremos aquí: seguiremos avanzando con apoyo de nuestros Ministros y de la Sra. Presidenta para asegurar el ejercicio de los derechos fundamentales, que a la clase trabajadora le han costado 300 años de lucha.-
Patricio Griffin
Presidente del Directorio
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL